Condenaron al policía que asesinó a patadas a Héctor Brian Sotelo
Policiales09 de julio de 2025

Los jueces Graciela Cloz, Valeria Alvarez y Marcelo Machado, integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal 2 de San Martín, condenaron por unanimidad a la pena de prisión perpetua al policía bonaerense Fabián Ramos por el delito de "homicidio agravado por haberse cometido abusando de su función al ser miembro de la fuerza de seguridad policial, en concurso ideal con el de apremios ilegales agravados por las violencias desplegadas". Así lo había solicitado la fiscal Alejandra Alliaud y era lo que esperaba la familia de la víctima, Héctor Brian Sotelo, detenido tras el robo de un auto en 2008 y golpeado hasta su muerte. "Sentimos un alivio muy grande después de 17 años de una constante lucha con muchas trabas, aunque el dolor de madre siempre va a estar porque perder un hijo no se supera, y de esa manera, nos lo arrebataron y lo torturaron", dijo a Página12 Zulma Judith Romero, la madre de Sotelo.
Con una angustia acumulada que aún persiste en su voz, la mujer compartió: "La condena del policía culpable nos trae mucho alivio, esa opresión en el pecho y ese peso en la espalda de no saber cuándo habría justicia ya no están, tenemos la tranquilidad de que hicimos justicia, junto a sus hermanas y la doctora Leiva, los jueces de esta causa". Cerraba así una jornada de emociones intensas, de haber visto a Ramos esposado rumbo a la cárcel y luego al salir de los tribunales de San Martín para visitar el cementerio. Brian jugaba al fútbol en el club José Hernández, cerca del Barrio 18, y quería probarse en River. En su testimonio durante el juicio, su madre mencionó esta actividad al negar que consumiera estupefacientes.
"Es así que la cantidad e intensidad de los golpes colocan a Ramos en una posición de innegable conocimiento de su fuerza, de condiciones de superioridad física, de la muy probable consecuencia de la brutal golpiza que aplicó y de irrefutable voluntad de terminar con la vida de Sotelo, en tanto se representó la eventualidad de su muerte y aun así emprendió y continuó con su accionar violento", reza la sentencia a la que accedió Página12. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM), que participó como veedora del juicio oral, también mostró su satisfacción con la condena.
Matar al que roba
En la medianoche del 14 de julio de 2008 los policías de Tres de Febrero Fabián Ramos y Gastón Bravo realizaban tareas de patrullaje y fueron alertados del robo de un auto Volkswagen Gol, y que su conductor había sido tomado como rehén. En la esquina de Espora y Firpo lograron interceptarlo e hicieron bajar del vehículo al dueño del vehículo y al autor del robo, Héctor Brian Sotelo, de 16 años. "Encontrándose dominada la situación, con el sospechoso controlado, luego de un interrogatorio, y sin que hubiese motivo, le aplicaron al menos cuatro puntapiés, afectando las regiones céfalo-cérvico toráxica con suficiente entidad como para provocar un trastorno circulatorio tromboembólico que impactó a nivel pulmonar, ocasionando la asfixia y muerte de Sotelo en forma inmediata", había descripto la fiscal Alliaud cuando elevó la causa 3757 a juicio oral, el proceso que culminó ayer.
El destino del policía Bravo quedó en el camino porque fue absuelto en base al desistimiento de su acusación por parte de la Fiscalía en el juicio celebrado en 2017. "Lo cual no sorprende a la luz de la prueba dada en este debate, en tanto el único sujeto visto emprender agresión contra Sotelo tanto por la testigo N.G. como por D.F., fue precisamente Ramos", precisaron los jueces del TOC 2 en su sentencia emitida ayer.
El acta policial elaborada sobre los episodios de aquel 14 de julio de 2008 en la localidad de Loma Hermosa, consignó que "el policía Bravo le dio un golpe al sujeto, en la cabeza, valiéndose de su arma reglamentaria, logrando así reducirlo, y le aplica una patada en el pecho". Los principales testigos del proceso fueron vecinos del barrio, que al escuchar el despliegue de corridas y sirenas espiaron por sus puertas y ventanas. Esos testimonios fueron coincidentes en describir al agresor y la acción de patear el cuerpo de la víctima.
Tras una primera autopsia que determinó una muerte no traumática, la médica forense Virginia Creimer realizó una reautopsia. "Surge sin embargo con claridad de la operación de reautopsia, que la víctima de autos ha recibido momentos previos a su muerte, múltiples y secuenciales traumatismos a nivel cefálico, cervical y torácico por lo cual considero temerario descartar de plano que la muerte de Sotelo se hubiera producido en forma no traumática", escribió en su informe. Creimer ratificó sus conclusiones durante una declaración testimonial, la semana pasada.
En el juicio oral la CPM participó como veedora en todas las audiencias, a través del Programa de Monitoreo de la Justicia, cuyo propósito es evaluar el desempeño de las diversas agencias del Poder Judicial en materia de violencia institucional, visibilizar sus prácticas, proponer nuevos temperamentos y participar en juicios donde se investiguen violencias estatales. "La sentencia tiene perspectiva de derechos humanos, culmina siendo reparatoria respecto de todo el tiempo que la familia de Sotelo tuvo que esperar por la demora del proceso judicial, y la pena de prisión perpetua es acorde a la gravedad de los crímenes que comete el Estado, cuando se arroga la posibilidad de torturar y matar a una persona", dijo a Página12 la abogada Margarita Jarque, veedora en el juicio y directora del Programa. "Es importante para la Comisión, en su rol de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, poder visibilizar este tipo de juicios para hacer un diagnóstico del Poder Judicial en el abordaje de la violencia estatal".



