Polémica por el decreto que flexibiliza la designación de los jueces de la Corte Suprema
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Este martes se publicó en el Boletín Oficial (BO) el decreto 467/2026, en el que el Gobierno nacional modifica dos decretos que había firmado Néstor Kirchner en 2003 para autolimitarse a la hora de avanzar con nombramientos: el 222 –que regula el procedimiento para los integrantes de la Corte Suprema– y el 588 –que lo replica para el Procurador General, el Defensor General y los jueces de tribunales inferiores–.
En este marco, la crítica principal a la iniciativa del presidente es que el decreto “limita la participación ciudadana”.
En diálogo con Tomás Méndez y el equipo de Mejor que mañana en Radio 750, el abogado Leonardo Martínez Herrero señaló que ve un “apuro” en la designación de los magistrados.
“Lo que noto después de haber leído el decreto 467 es que están apurados en designación de jueces, con lo cual el apuro lleva a una menor transparencia en la designación”, sostuvo.
Según explicó el letrado, “antiguamente, antes del decreto 222 de Néstor Kirchner, designaban a los jueces como quería el Presidente, con acuerdo del Senado y ya la Corte ponía a los jueces”.
No obstante, el expresidente Néstor Kirchner “lo empezó a limitar dándole publicidad, viendo plazo de impugnaciones, todo el proceso que teníamos vigente hasta hoy, que acá directamente corta varias etapas de estos”.
“Anteriormente, cuando se proponía un juez de la Corte, se abría una instancia de impugnación para que cualquier ciudadano pudiera impugnarlo. Eso se elimina ahora”, aclaró.
Asimismo, Martínez Herrera explicó que, con este decreto, el presidente no solo podrá proponer a los jueces de la Corte Suprema de Justicia cuando quiera, sino que también se dejarán de publicar estas designaciones en diarios de circulación, solamente se hará en el Boletín Oficial y en el Ministerio de Justicia.
“Vencido el plazo de cinco días, los jueces tienen que presentar una declaración jurada y después Arca tiene cinco días para informar acerca de la situación fiscal tributaria. Después de eso el Presidente ya está en forma directa de elegir a los candidatos y llevarlos directamente al Senado y ahí sí se mantiene la instancia pública, de que cualquiera puede impugnarlo, decirle lo que quiera al candidato”, agregó.
“Acorta mucho, pero también da menos participación a la ciudadanía. En la designación de los jueces lo limita solamente en las audiencias del Senado”, cerró.

