
El Gobierno nacional elevó de 6,6 a 6,8 por ciento la alícuota del impuesto que pesa sobre la factura de gas para financiar el subsidio que se otorga a zonas frías. La Resolución 1253/2025 publicada en el Boletín Oficial detalla que el recargo se aplicará sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), por cada metro cúbico 9.300 kcal que ingrese al sistema de ductos en el territorio nacional. La suba será trasladado a las facturas por consumos finales de los usuarios de los servicios. Las empresas distribuidoras o sub distribuidoras no registrarán ganancias ni pérdidas derivadas de su aplicación. De igual forma, las comercializadoras deberán aplicar y trasladar el recargo, en su exacta incidencia, sobre el precio del gas natural adquirido en el PIST.









