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title: "La Anmat autorizó la venta libre de 10 grupos de medicamentos"
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description: "La medida se dio a conocer a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial. Cuáles son los remedios que ya no necesitarán receta médica."
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date_published: "2026-07-28T08:19:00-03:00"
date_modified: "2026-07-28T12:20:54-03:00"
author_name: "OtrasVoces"
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# La Anmat autorizó la venta libre de 10 grupos de medicamentos

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (**Anmat**) **autorizó**este martes la **venta libre de diez tipos de medicamentos**que hasta ahora solo se podían adquirir con receta médica. A raíz de esta iniciativa, dejarán de tener descuentos por parte de las obras sociales y las prepagas.

La decisión se dio a conocer a través de la [**Disposición 4714/2026,**](https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345031/20260728) publicada en el Boletín Oficial, donde se indica que alcanza a**todas las especialidades medicinales inscriptas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM)**que contengan diversos componentes, concentraciones y formas de administración.

En los considerandos se explicó que para tomar esta medida “se evaluó que las especialidades medicinales **hayan sido comercializadas bajo la condición de venta bajo receta en el país, al menos durante los últimos 5 años sin haber presentado reportes de eventos adversos graves** que afecten el balance riesgo-beneficio”.

Según se informó, los medicamentos que ahora son de venta libre son los siguientes:

- Trimebutina maleato: 100 mg, en comprimidos o cápsulas de administración oral.
- Levocetirizina diclorhidrato: 5 mg y 5 mg/ml, en comprimidos, cápsulas o solución oral.
- Fexofenadina clorhidrato: 60 mg, 120 mg y 6 mg/ml, en comprimidos, cápsulas o solución oral.
- Dimenhidrinato: 50 mg, en comprimidos o cápsulas de administración oral.
- Nafazolina clorhidrato y feniramina maleato: solución oftálmica estéril con una concentración de 0,025% de nafazolina y 0,3% de feniramina.
- Olopatadina clorhidrato: solución oftálmica estéril en concentraciones de 0,1% y 0,2%.
- Carboximetilcisteína: 5%, en jarabe o solución oral.
- Cloruro de aluminio hexahidratado: 20%, en loción de uso tópico.
- Carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata: asociación en polvo de administración oral o tópica, en las concentraciones detalladas por la ANMAT.
- Ivermectina: exclusivamente en concentración de 0,5%, en loción de uso tópico.

Asimismo, en el escrito se especificó que la autorización de la **ivermectina no comprende comprimidos ni otras presentaciones de administración oral**y que la venta libre se limita a la loción tópica indicada en el mismo.

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